viernes, 8 de junio de 2012

Convenio de la Empresa


CAPÍTULO I: ÁMBITOS
ARTÍCULO 1.- AMBITO TERRITORIAL Y PERSONAL
Este convenio pertenece a la empresa de comercio de venta de animales Malbi Pets, que pertenece al sector terciario de Collado Villalba.
ARTÍCULO 2.- ÁMBITO TEMPORAL
El presente convenio iniciará su vigencia el 1 de enero de 2012 y será revisado cada 2 años.
CAPÍTULO II: ORGANIZACIÓN Y CONTRATACIÓN
ARTÍCULO 3.- ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO
Se establecerá por la dirección de la empresa y variará según las circunstancias del comercio.
ARTÍCULO 4.- INGRESOS EN LA EMPRESA
Los cinco responsables de la empresa son socios, aunque pueden contratarse otros empleados si fuera necesario sometiéndoles a pruebas que pueden durar de 3 meses a 2 años. Después de las pruebas se acordará el tipo de contrato a recibir pudiendo ser cualquier modelo.
ARTÍCULO 5.- CESE EN LA EMPRESA Y PLAZOS DE PREAVISO
Los empleados que deseen no continuar en la empresa deberán avisar con un mes de antelación y no se les devolverá el dinero empleado en la empresa. Si no se cumple el plazo se descontarán los días de las pagas extra y vacaciones a favor del trabajador.
CAPÍTULO III: JORNADA LABORAL
ARTÍCULO 6.- JORNADA DE TRABAJO
La jornada será de 5 horas por la mañana (9h00-14h00) y de 4 horas y media por la tarde (16h00-20h30). Si no se cumplen los horarios se recuperará el tiempo al final de la jornada. Cada 10 retrasos se baja un 20% el sueldo (+10min). Se abre todos los días excepto los lunes y los martes por la mañana, que es cuando se repone.
ARTÍCULO 7.- FESTIVOS
Mantenemos la inactividad mercantil y laboral los festivos del calendario anual.
ARTÍCULO 8.- HORAS EXTRAORDINARIAS
Se podrán hacer horas extraordinarias siempre y cuando sean necesarias para la empresa. Su compensación se podrá realizar mediante descanso sustitutorio o mediante compensación económica (150 % hora ordinaria).
ARTÍCULO 9.- VACACIONES ANUALES
Las vacaciones anuales tendrán una duración de 30 días a repartir como se quiera, bajo previo aviso de mínimo una semana. Si durante las vacaciones el trabajador causase baja por una enfermedad común o accidente laboral, percibirá el importe correspondiente.
ARTÍCULO 10.- DESPIDOS
Antes de cualquier despido se avisará de lo que no se está haciendo bien como por ejemplo no tratar bien a los animales. Si se llega al despido los 40.000€ puestos por cada socio se tienen que devolver. El despido se avisa con un mes de antelación.  
CAPÍTULO IV: CONDICIONES RETRIBUTIVAS
ARTÍCULO 11.- ESTRUCTURA SALARIAL
Salario base: dependiendo de la categoría profesional (800- 1.200€).  
Complemento de antigüedad: 10 % del salario base cada 5 años.
Pagas extraordinarias: 3 pagas (marzo, verano y Navidad) abonables a principios de mes. Su importe será igual a 30 días de salario base más la antigüedad.
Plus de calidad mensual: compensar la mayor dedicación y esmero en la prestación de servicios para la empresa, con devengo de 12 meses del año.
Plus de transporte mensual: compensar gastos de desplazamiento del domicilio del trabajador al centro de trabajo, con devengo de 12 meses del año.
IPC: Subida salarial anual en relación con el IPC del año anterior.
ARTÍCULO 12.- FECHA Y FORMA DE PAGO
Último día laboral de cada mes mediante trasferencia.
CAPÍTULO V: CONDICIONES ASISTENCIALES
ARTÍCULO 13.- COMPLEMENTOS POR I.T.
§  Enfermedad común y accidente no laboral:
-          Día 1 al 3: 50 % de la base reguladora.
-          Día 4 al 20: 75% base reguladora.
-          Día 21 al final: 90% de la base reguladora. 
§  Enfermedad común y accidente no laboral con hospitalización: 100% de la base reguladora.
§  Accidente laboral: 100% de la base reguladora.
ARTÍCULO 14.- SEGURO DE ACCIDENTES
Póliza que cubra los riesgos de muerte e invalidez permanente total para la profesión habitual o absoluta derivadas de accidente no laboral con un capital de 20.000€.
CAPÍTULO VI: DECLARACIÓN DE INTENCIONES
ARTÍCULO 15.- DECLARACIÓN ANTIDISCRIMINATORIA
Nos asentamos sobre la no discriminación por razón de sexo, raza, religión, ideología política y/o sindical.

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