CAPÍTULO I: ÁMBITOS
ARTÍCULO 1.-
AMBITO TERRITORIAL Y PERSONAL
Este convenio pertenece a la empresa de comercio de venta de
animales Malbi Pets, que pertenece al sector terciario de Collado Villalba.
ARTÍCULO 2.-
ÁMBITO TEMPORAL
El presente convenio iniciará su vigencia el 1 de enero de
2012 y será revisado cada 2 años.
CAPÍTULO II: ORGANIZACIÓN Y
CONTRATACIÓN
ARTÍCULO 3.-
ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO
Se establecerá por la dirección de la empresa y variará
según las circunstancias del comercio.
ARTÍCULO 4.-
INGRESOS EN LA EMPRESA
Los cinco responsables de la empresa son socios, aunque
pueden contratarse otros empleados si fuera necesario sometiéndoles a pruebas
que pueden durar de 3 meses a 2 años. Después de las pruebas se acordará el
tipo de contrato a recibir pudiendo ser cualquier modelo.
ARTÍCULO 5.- CESE
EN LA EMPRESA Y PLAZOS DE PREAVISO
Los empleados que deseen no continuar en la empresa deberán
avisar con un mes de antelación y no se les devolverá el dinero empleado en la
empresa. Si no se cumple el plazo se descontarán los días de las pagas extra y
vacaciones a favor del trabajador.
CAPÍTULO III: JORNADA LABORAL
ARTÍCULO 6.-
JORNADA DE TRABAJO
La jornada será de 5 horas por la mañana (9h00-14h00) y de 4
horas y media por la tarde (16h00-20h30). Si no se cumplen los horarios se
recuperará el tiempo al final de la jornada. Cada 10 retrasos se baja un 20% el
sueldo (+10min). Se abre todos los días excepto los lunes y los martes por la
mañana, que es cuando se repone.
ARTÍCULO 7.-
FESTIVOS
Mantenemos la inactividad mercantil y laboral los festivos
del calendario anual.
ARTÍCULO 8.- HORAS
EXTRAORDINARIAS
Se podrán hacer horas extraordinarias siempre y cuando sean
necesarias para la empresa. Su compensación se podrá realizar mediante descanso
sustitutorio o mediante compensación económica (150 % hora ordinaria).
ARTÍCULO 9.-
VACACIONES ANUALES
Las vacaciones anuales tendrán una duración de 30 días a
repartir como se quiera, bajo previo aviso de mínimo una semana. Si durante las
vacaciones el trabajador causase baja por una enfermedad común o accidente
laboral, percibirá el importe correspondiente.
ARTÍCULO 10.-
DESPIDOS
Antes de cualquier despido se avisará de lo que no se está
haciendo bien como por ejemplo no tratar bien a los animales. Si se llega al
despido los 40.000€ puestos por cada socio se tienen que devolver. El despido
se avisa con un mes de antelación.
CAPÍTULO IV: CONDICIONES
RETRIBUTIVAS
ARTÍCULO 11.-
ESTRUCTURA SALARIAL
Salario base:
dependiendo de la categoría profesional (800- 1.200€).
Complemento de
antigüedad: 10 % del salario base cada 5 años.
Pagas
extraordinarias: 3 pagas (marzo, verano y Navidad) abonables a principios
de mes. Su importe será igual a 30 días de salario base más la antigüedad.
Plus de calidad
mensual: compensar la mayor dedicación y esmero en la prestación de
servicios para la empresa, con devengo de 12 meses del año.
Plus de transporte
mensual: compensar gastos de desplazamiento del domicilio del trabajador al
centro de trabajo, con devengo de 12 meses del año.
IPC: Subida
salarial anual en relación con el IPC del año anterior.
ARTÍCULO 12.-
FECHA Y FORMA DE PAGO
Último día laboral de cada mes mediante trasferencia.
CAPÍTULO V: CONDICIONES
ASISTENCIALES
ARTÍCULO 13.-
COMPLEMENTOS POR I.T.
§
Enfermedad
común y accidente no laboral:
-
Día 1 al 3: 50 % de la base reguladora.
-
Día 4 al 20: 75% base reguladora.
-
Día 21 al final: 90% de la base reguladora.
§
Enfermedad
común y accidente no laboral con hospitalización: 100% de la base
reguladora.
§
Accidente
laboral: 100% de la base reguladora.
ARTÍCULO 14.-
SEGURO DE ACCIDENTES
Póliza que cubra los riesgos de muerte e invalidez
permanente total para la profesión habitual o absoluta derivadas de accidente
no laboral con un capital de 20.000€.
CAPÍTULO VI: DECLARACIÓN DE
INTENCIONES
ARTÍCULO 15.- DECLARACIÓN
ANTIDISCRIMINATORIA
Nos asentamos sobre la no discriminación por razón de sexo,
raza, religión, ideología política y/o sindical.
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